Requisitos y pasos a seguir para sufragar

Desde las 8:00 alrededor de 3,8 millones de electores en todo el país acudirán a las urnas para sufragar en un referéndum que contestará a dos preguntas importantes: la aprobación o no del proyecto de Constitución Política del Estado (CPE) elaborado y aprobado por la Asamblea Constituyente y ajustado por el Congreso Nacional; asimismo, se decidirá cuál será la máxima extensión de la propiedad privada de la tierra (10 mil o 5 mil hectáreas), al definir la redacción final del artículo 398 del mencionado proyecto de CPE (Referéndum Dimiridor).

La participación del electorado es importante puesto que con su voto se definirá cuál será el rumbo de Bolivia para los próximos años.

En los gráficos del centro e izquierda se dan a conocer importantes aspectos relacionados con la forma para votar, así como los pasos a seguir al momento del sufragio.

Empero, hay otros puntos que son de suma importancia para la sociedad en el instante de emitir su voto.

El Jurado Electoral atenderá a los electores en orden de llegada, pero se debe dar preferencia a los ciudadanos mayores de 70 años, enfermos, mujeres embarazadas y personas con discapacidad.

Está terminantemente prohibido sufragar después del cierre de votación. La mesa de sufragio se cierra después de por lo menos ocho horas continuas de trabajo y si no existieran votantes esperando en fila. Después de esto, bajo ninguna circunstancia ni excepción se recibirán más votos, ni se reabrirá la mesa, en aplicación del principio de preclusión establecido por Ley.

El principio de preclusión establece que ninguna de las etapas del proceso electoral, una vez concluidas, se repetirán o revisarán.

En caso de que todos los habilitados en la mesa de sufragio votasen antes de cumplirse las ochos horas se puede cerrar la votación en la mesa, previa comprobación de la lista índice.

El presidente de mesa anula un voto cuando el elector, antes de ingresar o al salir del recinto reservado, exhibe su voto o formula alguna manifestación que viole el secreto del sufragio. En estos casos, los vocales impedirán que el elector introduzca el voto observado, tapando la ranura del ánfora. Posteriormente, el presidente exhibirá la palabra “nulo” en la papeleta y la introducirá en el ánfora.

Al término del plazo establecido para la votación, el presidente y los vocales precintarán la boca del ánfora para impedir que se introduzcan más votos o algún material ajeno al proporcionado por la Corte Nacional Electoral.

Los jurados electorales realizarán el proceso de escrutinio y cómputo de los votos. Cuando terminan su labor, entregan el acta única de apertura, escrutinio y cómputo a los notarios electorales, quienes se encargarán de llevarlas a las cortes departamentales.

¿QUIÉNES ESTÁN HABILITADOS PARA SUFRAGAR

Las Listas

Los que figuran en la lista índice de habilitados (violeta). Con su documento, uno de los jurados verificará que su nombre esté en la lista.

Si no figura allí, buscarán su nombre en la lista de cambios de domicilio y reinscribirlo (beige). Si su nombre no está en índice de depurados (naranja), no podrá votar.

Las Firmas
Cuando el jurado verifique sus datos, usted debe firmar la lista índice. En cada página figuran sólo ocho ciudadanos, y es fácil buscar su nombre y firmar.

Si no sabe firmar, debe imprimir allí su huella digital.

Si no lo hace, será depurado para la siguiente votación.

Sufragio

Luego de firmar la lista de índice de habilitados, el presidente del jurado mostrará a los integrantes de la mesa la papeleta del Referéndum Constituyente 2009.

Indicará la forma de doblarla y se la entregará a usted.

Debe entrar al recinto reservado y marcar la boleta con un signo visible.

Certificado

 Después de votar, el jurado le devolverá su documento de identidad, le entregará su certificado de sufragio (constancia de voto) y le marcará el dedo índice con tinta indeleble (ya no el dedo meñique).

El certificado de sufragio de este referéndum es personalizado: lleva todos sus datos personales ya impresos.

ÍNDICE DERECHO

A partir del presente referéndum, la Corte Nacional Electoral emitió la orden de que se marcará con tinta indeleble la mitad del índice de la mano derecha (ya no el dedo meñique como se hacía antes) con la finalidad de dar confiabilidad y así evitar la intención de que exista alguna persona que quiera emitir el voto en dos o más oportunidades.

Lo que se busca con el Referéndum Dirimidor

Si en la pregunta sobre el proyecto de Constitución Política del Estado gana el SÍ, por mayoría absoluta de votos, la Corte Nacional Electoral remitirá el resultado de la consulta sobre la redacción del artículo 398 al presidente del Honorable Congreso Nacional para que éste incorpore el texto de la opción que resulte ganadora (10 mil ó 5 mil hectáreas) en el proyecto de Constitución Política del Estado.

El presidente del Honorable Congreso Nacional remitirá el texto íntegro del Proyecto de Constitución Política del Estado al Presidente de la República para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial.

La Fundación Tierra señala que por un sentido de responsabilidad histórica y porque el proyecto de la nueva Constitución mantiene abierta la posibilidad de seguir avanzando por el camino de la resolución del conflicto por la tierra de forma no violenta y en el marco de la democracia.

La tenencia de tierras en juego

Hoy, el país no sólo emitirá el voto por el SÍ o el NO al proyecto de la Nueva Constitución Política del Estado boliviano sino que además se tendrá que decidir entre 5 mil o 10 mil hectáreas como límite máximo de la propiedad agraria.

Que los bolivianos tengamos que tomar esta decisión no es casual, obedece al hecho de que el conflicto y el debate por la tierra no han concluido con la Asamblea Constituyente y tampoco será un capítulo cerrado a futuro.

Apuestan por el cambio o continuidad de la CPE

La Ley de Convocatoria al Referéndum Constituyente 2009 establece que la Corte Nacional Electoral (CNE) y los demás órganos electorales señalados en la Constitución Política organizarán y administrarán la consulta a la ciudadanía. Concluido el proceso, la CNE remitirá los resultados finales al presidente del Congreso Nacional.

En la parte inferior de la papeleta se consultará sobre la aprobación o no del texto integro de proyecto de Constitución Política del Estado.

Tras el conteo del sufragio, si gana el SÍ por mayoría absoluta de votos (50% más un voto), el proyecto de Constitución entrará en vigencia como Ley Fundamental del Estado boliviano después de su promulgación por el Presidente de la República.

Si gana la opción del NO, continuará en vigencia la actual Constitución Política del Estado.

Aprobación y ajustes al proyecto

El proyecto de Constitución Política del Estados se aprobó en grande el 24 de noviembre de 2007 en Chuquisaca, y la aprobación en detalle se realizó el 9 de diciembre en Oruro.

La Ley interpretativa Nº 3941 del 21 de octubre de 2008 habilitó al Congreso Nacional para realizar ajustes al proyecto aprobado en Oruro por la Asamblea Constituyente. Los acuerdos políticos que permitieron realizar estos ajustes finalizaron el 21 de octubre de 2008.

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